Situación legal en la Unión Europea
Si bien los alimentos obtenidos de animales clonados no se regulan por una legislación específica, la carne de animales clonados entra dentro del ámbito del Reglamento (CE) n.º 258/1997 sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios, ya que la clonación se considera como un nuevo proceso de producción no utilizado habitualmente. En cambio, aún se debate si el alimento obtenido de las crías de animales clonados se considera o no un nuevo alimento.
Para clarificar estos aspectos, la Comisión presentó en 2008 una Propuesta de reglamento sobre nuevos alimentos que sustituyera el anteriormente mencionado. En septiembre de 2008, el Parlamento Europeo adoptó una Resolución en la que apoyó la prohibición total de la clonación. En 2009, para tener una visión de conjunto y para ayudar a avanzar en la propuesta, el Consejo pidió a la Comisión que presentara un informe sobre la clonación animal con fines alimentarios, que se hizo público en octubre de 2010. Finalmente, la falta de acuerdo sobre el etiquetado de los alimentos procedentes de la clonación hizo fracasar la actualización del Reglamento de nuevos alimentos.
Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la clonación animal con fines alimentarios, COM(2010)585 final. Octubre de 2010
Evaluación científica
Para regular este tema, la Comisión Europea (CE) solicitó dos dictámenes, uno a la EFSA sobre las repercusiones de la clonación animal con respecto a la inocuidad, la sanidad animal y el bienestar y el ambiente, y otro al Grupo Europeo de Ética de las Ciencias y las Nuevas Tecnologías sobre los aspectos éticos de la clonación. La EFSA emitió un primer dictamen en 2008, referido a las especies bovina y porcina, en el que concluye que la leche y la carne producidas a partir de animales clonados no plantean problemas de seguridad alimentaria diferentes a los de la cría convencional, ni problemas de seguridad ambiental. En cuanto a la sanidad y el bienestar animal, esta tecnología sí que conlleva efectos adversos para los clones y las hembras receptoras. No se han observado efectos adversos en la progenie reproducida sexualmente de bovinos o de cerdos clonados. Sin embargo, no se han llegado a estudiar todavía los clones y su progenie a lo largo de toda su vida natural. La EFSA ha revisado este primer informe del 2008 en dos ocasiones, los años 2009 y 2010, y ha revalidado las conclusiones y recomendaciones del mismo.
El Comité Científico de la EFSA ha emitido un dictamen científico sobre seguridad alimentaria, salud, bienestar animal e impacto ambiental de los animales obtenidos por clonación mediante transferencia nuclear (SCNT), así como su progenie y los productos obtenidos de estos animales.
El Grupo Europeo de Ética de las Ciencias y las Nuevas Tecnologías ha adoptado un dictamen sobre los aspectos éticos de la clonación.
La Comisión Europea está desarrollando el borrador del nuevo Reglamento sobre nuevos alimentos que pueda incluir las nuevas tecnologías y facilitar el comercio intracomunitario e internacional de los productos alimenticios.
Situación internacional
Otros países también están considerando este mismo tema, por ejemplo en Estados Unidos, la FDA, organismo responsable de la seguridad alimentaria, ha publicado también una evaluación de riesgos.
Actualmente la clonación no es una práctica comercial en Europa. En Estados Unidos ha habido una moratoria voluntaria sobre la venta de estos productos desde julio de 2001.
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